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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, así como la Orden de 28 de octubre de 2024, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Gordal Sevillana» / «Aceituna Gordal de Sevilla», y la Orden de 28 de marzo de 2025, por la que se modifica la Orden de 28 de octubre de 2024, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Gordal Sevillana» / «Aceituna Gordal de Sevilla» para incorporar la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla» / «Aceituna Manzanilla Sevillana», en relación con lo dispuesto en el Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciadas de Andalucía, el Pleno del Consejo Regulador, reunido en sesión extraordinaria celebrada el 4 de julio de 2025, al punto 4 del orden del día, ha tomado por unanimidad de los presentes los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Convocatoria de Elecciones
Se convocan las primeras elecciones para la elección de las vocalías que han de integrar el Pleno del Consejo Regulador, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 28 de octubre de 2024 y posterior modificación por la Orden de 28 de marzo de 2025, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas <> / <> y <> / <>, en relación con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 17/2016, de 19 de enero.
Las elecciones se celebrarán el próximo 22 de octubre de 2025, en la sede del Consejo Regulador, sita en Ctra A-362 Utrera – Los Palacios, km 3,5, Utrera, salvo en el supuesto de que el número de personas candidatas proclamadas por el censo o subcenso resulte igual al número de vocales a elegir, en cuyo caso la proclamación equivaldrá a su elección, no siendo necesaria la votación, todo ello de conformidad con el artículo 18.4 del Decreto 17/2016.
SEGUNDA. Calendario del proceso electoral
A. Administración Electoral
De conformidad con el artículo 11 del Decreto 17/2016, se constituirá una Junta Electoral de la Indicación Geográfica Protegida, con sede en las instalaciones del Consejo Regulador, sita en Ctra A-362 Utrera – Los Palacios, km 3,5, Utrera. Estará compuesta por:
- Un presidente.
- Un máximo de tres personas en representación de las organizaciones profesionales agrarias más representativas en el ámbito territorial de la IGP.
- Una persona en representación de las organizaciones empresariales.
- Una persona en representación de las cooperativas agrarias andaluzas.
- Una persona funcionaria de la Delegación Territorial de Sevilla.
Los interesados en formar parte de las vocalías de la Junta Electoral deberán presentar solicitud al Consejo Regulador en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al artículo 15 del Decreto 17/2016.
B. Personas electoras y censo electoral
Tienen la consideración de electores las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo con las condiciones y requisitos establecidos en el reglamento de funcionamiento, figuren inscritos y con actividad en los distintos registros, y estén al corriente en el pago de cuotas y servicios del Consejo Regulador a fecha 30 de junio de 2025.
El Consejo Regulador elaborará las listas electorales provisionales a partir de los censos consolidados, conforme al artículo 10.2 del Decreto 17/2016, sin perjuicio del resto de requisitos del artículo 5 del mismo decreto.
Las listas provisionales se publicarán en un plazo de diez días hábiles desde la publicación de la convocatoria en:
- El Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.
- El tablón de anuncios digital del Consejo Regulador.
- Los Ayuntamientos incluidos en la IGP.
- Las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de Sevilla.
El plazo de exposición pública será de 10 días hábiles, y los interesados podrán presentar alegaciones conforme al artículo 10, apartados 8 y 9, del Decreto 17/2016.
C. Candidaturas
Una vez proclamadas las listas definitivas, los interesados podrán presentar candidaturas a los distintos censos y subcensos ante la Junta Electoral de la Indicación Geográfica en el plazo de cuatro días hábiles.
Las candidaturas deberán cumplir lo previsto en el Reglamento y en el artículo 17 y siguientes del Decreto 17/2016, y serán proclamadas de forma definitiva por la Junta Electoral conforme al artículo 18.
D. Votación
La votación se regirá por el Decreto 17/2016. Se utilizarán las mismas cabinas y urnas habilitadas por los Ayuntamientos en elecciones generales anteriores.
Los sobres y papeletas se diseñarán para garantizar la confidencialidad del voto.
E. Pleno de Constitución
Una vez proclamados los vocales, se convocará sesión de Pleno para la Constitución del nuevo Consejo Regulador. En la misma, se procederá a la elección de Presidencia y Vicepresidencia, que será comunicada a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
F. Publicidad
De los presentes acuerdos se dará traslado inmediato a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, publicándose en:
- El tablón del Consejo Regulador.
- El Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.